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De cinturón y terceras personas

A raíz del fallo de la Sala Constitucional en contra del uso obligatorio del cinturón de seguridad, innúmeros costarricenses han manifestado que no ven cómo el manejar sin el cinturón abrochado no afecta a terceros, insinuando que hay que restringir o prohibir las actividades del individuo que afecten a terceras personas. Como el asunto es muy importante, quiero hacer una pequeña contribución.

¿Es el efecto sobre terceros el criterio que se debe utilizar para restringir o prohibir las acciones de los individuos en una sociedad? Definitivamente No. Veamos por qué. La esencia misma de la vida en sociedad estriba en que todo lo que hacemos afecta o puede afectar a terceras personas. De una infinita lista de ejemplos, me permito presentar los siguientes. La decisión de un individuo de trasladarse de Alajuela a vivir en Guanacaste afecta negativamente a sus familiares y amigos de Alajuela y positivamente a los de Guanacaste. La decisión de Pedro de regresar a su pueblo natal para establecerse como su primer médico, afecta positivamente a todos los habitantes del lugar. La decisión de Juan de llevarse su empresa a otro país afecta negativamente a muchos trabajadores aquí y beneficia a otros tantos en el nuevo país. La decisión de Claudia de levantarse diariamente a las 4 de la madrugada para entrenar por horas, le vale una medalla olímpica, hecho que afecta positivamente a millones de costarricenses y negativamente a muchos aficionados y nadadoras de otros países. En todos estos casos la decisión o acción del individuo afecta a terceras personas. Imaginen entonces lo absurdo que sería que el gobierno o la sociedad o la Sala IV tuviese jurisdicción sobre todas esas decisiones simplemente porque afectan a terceros.

¿Qué criterio se debe utilizar entonces para restringir las acciones del individuo en una sociedad? En el ámbito puramente personal, se deben restringir o prohibir sólo las acciones individuales que violen los derechos de otras personas, y no todas las que les afecte. He aquí el busilis del asunto. Hay una gran diferencia entre afectar y violar derechos. Debe ser prohibido: lanzarle objetos al árbitro de fútbol, lanzar basura en cualquier parte que no sea un basurero, verter aguas negras, sin tratar, en los ríos (lo hace el gobierno), amarrar a Juan para que no se traslade a Guanacaste, quemar la empresa de Pedro, secuestrar a Claudia, obligar a Carlos a estudiar medicina.

¿Qué se puede hacer entonces en aquellos casos en los cuales las acciones del individuo afectan a otras personas pero no violan sus derechos, como es el caso del no uso del cinturón o del fumado en áreas designadas para tal propósito? Lo único que cabe en estos casos es el uso de métodos no coercitivos, como la persuasión o la negociación. Tomemos como ejemplo los familiares de Pedro, quienes sufrirían emocional o económicamente si él se lesionara por no usar el cinturón. ¿Qué opciones tienen? Para solventar lo emocional, podrían resolver no sufrir en caso de lesión. ¡Harto difícil! Para lo económico, podrían exigirle que deposite dinero para su funeral o que adquiera un seguro de invalidez y muerte. Para evitar ambos tipos de costos, podrían incrementarle la dosis de cariño familiar y rogarle todos los días, con llanto y todo, para que use el cinturón; o, si anticipan que su pérdida sería suficientemente grande si algo le llegase a suceder, podrían resolver pagarle a Pedro para que lo use. Todo lo anterior vale igualmente par el fumador pertinaz.

Una estupidez. Como uno de los efectos sobre terceros, se señala que la CCSS incurre en gastos para curar al que resulte herido o lisiado por no usar el cinturón. Debo señalar que el individuo paga asiduamente su cuota a la Caja; ni ésta ni la sociedad le regalan nada. Ahora bien, en las sociedades sin oprobiosos monopolios estatales y en las cuales se permite mayor responsabilidad individual, existen primas de seguros para cada categoría de riesgo. Los que no utilizan el cinturón tendrían su propia categoría. Es decir, en un mercado de seguros abierto, habría un seguro especial para los que no usan el cinturón.

Después de estas reflexiones, debo confesar que yo uso el cinturón siempre, porque me valoro y porque no corro los riesgos de un taxista. Si usted, estimado lector, se ama y cree que el dispositivo es efectivo en caso de accidentes, le sugiero que también lo haga.

Rigoberto Stewart
(La Nación, C.R., 25/5/98)

 

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