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Policías y jueces en el mercado libre
A pesar de que existe un elevadísimo consenso en
relación con la gran deficiencia de todos los servicios que brinda el
Estado, cada vez que surge el tema referente a cuáles son las funciones
de éste y cuáles las del mercado, se da por un hecho, sin mayor
reflexión, que el Estado debe asumir ciertas funciones, y en exclusiva,
lo que excluye, de entrada, la mejor (¿única?) solución del problema
que representa la mala entrega de los servicios públicos. La provisión
de estos servicios es deficiente porque con los monopolios estatales, de
cualquier índole, no hay una relación de dependencia directa entre el
que provee el servicio y el usuario; el bienestar de todo el personal de
las empresas públicas depende únicamente de la clase política. Es
decir, hay problemas con los servicios que provee el Estado porque faltan
dos elementos del mercado que hacen que el bienestar de esos trabajadores
dependa única y exclusivamente de la calidad del servicio que brindan a
sus clientes: la competencia y el pago directo sólo por el servicio
demandado y recibido. En el esquema estatal de oferta de esos servicios no
hay competencia y el pago es obligatorio, vía impuestos, y totalmente
independiente del servicio entregado.
Según el tipo de servicio público de que se trate,
existen diferentes grados de dificultad para visualizar la introducción
de esos dos indispensables elementos de mercado. Existe, en particular un
grupo de servicios que a pesar de no tener las características de lo que
los economistas llaman "bienes públicos" y que, en parte, por
esta razón el Estado siempre ha fallado en su entrega, a la ciudadanía
se le hace un mundo imaginar su provisión por el mercado libre,
condición sine que non para mejorar la entrega. Me refiero a la
protección policial y los servicios judiciales.
¿Cómo se darían estos servicios en un mercado libre?
Hay dos modalidades: agencias policiales y judiciales privadas, o
compañías de seguros con su propia policía. El usuario )ciudadano
común o dueño de una tienda, edificio o casa)
contrataría el servicio con una agencia policial o de seguros y pagaría
sus cuotas mensuales como paga el agua. El servicio sería variado,
abarcando desde el tener policías estacionados en los barrios y centros
de comercio, o haciendo rondas, hasta el sistema en el cual el cliente
llama a su agencia policial o compañía de seguros cuando la necesite )por
ejemplo, cuando sospecha que alguien invadió su casa o negocio),
tal como se hace ahora con la policía de "todos". En el caso
judicial, como los servicios no serían requeridos con tanta frecuencia,
el individuo podría, en vez de hacer un pago continuo, pagar sólo cuando
requiere los servicios, a sabiendas también de que el criminal o violador
de contratos recompensaría a la víctima. Según otra modalidad, las
agencias policiales serían las que contraten los servicios judiciales;
incluso, podría haber servicios integrados en los cuales las agencias
proveen tanto el servicio policial como el judicial. La Compañía
Judicial Providencia podría tener una división policial y otra judicial.
Coexistirían en una misma región o ciudad varias agencias policiales y
de seguros, y ninguno querría perder mercado por tener precios demasiado
elevados. La competencia aseguraría la eficiencia, bajos costos y alta
calidad )totalmente
ausentes ahora.
La aplicación. Supongamos que el señor Solano sufre
un robo y acude a su agencia policial la cual concluye que el culpable es
el señor Castro. Si el señor Castro acepta su culpabilidad, no hay
problema, y se procede a imponer el castigo judicial, el cual se
centraría en la restitución o compensación de la víctima. Pero, ¿qué
pasa si Castro no acepta su culpabilidad? Entonces, Solano acude a la
compañía de servicio judicial y plantea la demanda. Esta corte le avisa
al señor Castro para que se presente el día y la hora del juicio; pero
no lo puede hacer llegar por la fuerza. Si resulta que ambos utilizan la
misma compañía judicial, entonces el fallo, cualquiera que sea, es el
único aceptable y los dos deben acogerlo. Si los dos utilizan servicios
judiciales distintos las cosas pueden variar. En este caso, Solano plantea
la demanda y se lleva a cabo el juicio. Si el fallo favorece a Castro,
hasta ahí llega todo. Si favorece a Solano, Castro puede aceptar el fallo
y el consiguiente castigo. Pero si considera que hubo parcialidad o algún
error de parte del juez, él puede llevar el caso a la corte de su
preferencia, a su propio servicio judicial. Si este falla en contra de él
hasta ahí llega el asunto; pero si falla en su favor, entonces se
requiere de un paso adicional, ya que ahora él puede apelar el fallo de
la corte de Solano. El paso adicional consiste en que las dos cortes
busquen una corte de apelaciones del agrado de ambos y que estén
dispuestos a aceptar su fallo. El caso termina una vez que ésta tercera
corte dé su fallo. Las cortes que llevaron el caso deben pagar a la corte
de "apelaciones" por sus servicios y luego cobrarles a sus
clientes. Queda claro que una regla del sistema privado sería que
cualquier fallo ratificado por dos cortes es final y aplicable.
Actualmente la Corte Suprema es la máxima (¿monopólica?) corte de
apelaciones y ni los usuarios ni las cortes menores tienen opciones
diferentes. En el sistema libre, cualquier corte puede servir como una
corte de apelaciones.
Este planteamiento no es ni nuevo ni tan extraño.
Gustavo de Molinari, un economista liberal francés del siglo XIX, fue el
primero en la historia en considerar un mercado libre para la protección
policial. En la Isla Paraíso, Las Bahamas, desde que una compañía
privada se responsabilizó por el servicio de protección policial, la
isla ha tenido uno de los mejores récords del mundo en cuanto a la baja
incidencia de robos, violaciones y asaltos en una área turística. Se
estima que en Colombia, el 60% de la policía es pagada directamente por
los usuarios. En EEUU los gastos en protección privada alcanzan el 50% de
lo que gasta el Estado. En Costa Rica debe andar parecido. Murray
Rothbard, un intelectual libertario de fuste, escribió mucho sobre las
cortes privadas en un mercado libre. Irlanda prosperó por mil años con
solo las cortes privadas de los brehons, actuando en competencia. Además,
el Código Procesal Penal, que entró en vigencia el pasado primero de
enero, contiene algunos elementos que apuntan en esta dirección.
¡Aprovechemos el mercado para todo lo que sirve!
(Artículo inédito)
Rigoberto Stewart
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